Consulta Ciudadana

Es un mecanismo que busca el fortalecimiento del sistema jurídico municipal enmarcado en la racionalización, la sistematización, la publicación y el control de calidad técnica y jurídica de las normas expedidas en el municipio, a través de promover las opiniones, sugerencias, propuestas, comentarios y aportes de los usuarios, ciudadanos y grupos de interés con respecto a los proyectos, normas, políticas adelantadas por la Administración Municipal.

El instituto Municipal de Cultura Recreaciòn y Deportes de Itagüí es un Establecimiento Público, descentralizado del Orden Municipal y por lo tanto no tiene competencias para presentar o expedir proyectos normativos de acuerdo a los decretos 1273 del 2020 se estipula que "la obligación de cumplir con la agenda regulatoria es exclusiva para los ministerios y departamentos administrativos de la rama ejecutiva del poder público" y al 1081 del 26 de mayo del 2015 en su artículo 2.1.2.1.20.

El instituto Municipal de Cultura Recreaciòn y Deportes de Itagüí es un Establecimiento Público, descentralizado del Orden Municipal y por lo tanto no tiene competencias para presentar o expedir proyectos normativos de acuerdo a los decretos 1273 del 2020 se estipula que "la obligación de cumplir con la agenda regulatoria es exclusiva para los ministerios y departamentos administrativos de la rama ejecutiva del poder público" y al 1081 del 26 de mayo del 2015 en su artículo 2.1.2.1.20.

El instituto Municipal de Cultura Recreaciòn y Deportes de Itagüí es un Establecimiento Público, descentralizado del Orden Municipal y por lo tanto no tiene competencias para presentar o expedir proyectos normativos de acuerdo a los decretos 1273 del 2020 se estipula que "la obligación de cumplir con la agenda regulatoria es exclusiva para los ministerios y departamentos administrativos de la rama ejecutiva del poder público" y al 1081 del 26 de mayo del 2015 en su artículo 2.1.2.1.20.

El instituto Municipal de Cultura Recreaciòn y Deportes de Itagüí es un Establecimiento Público, descentralizado del Orden Municipal y por lo tanto no tiene competencias para presentar o expedir proyectos normativos de acuerdo a los decretos 1273 del 2020 se estipula que "la obligación de cumplir con la agenda regulatoria es exclusiva para los ministerios y departamentos administrativos de la rama ejecutiva del poder público" y al 1081 del 26 de mayo del 2015 en su artículo 2.1.2.1.20.