Acerca de la Sede Electrónica

La sede electrónica de el Instituto Municipal de Cultura, Recreación y Deporte de Itagüí es un espacio virtual diseñado para brindar servicios de información, interacción, transacción de trámites y servicios en línea auto-gestionables para los ciudadanos.

Por tal motivo, podrás realizar de forma confiable, práctica y ágil, los trámites y servicios que solicites de nuestra entidad a través de esta plataforma, desde el lugar en donde te encuentres y con el dispositivo electrónico que tengas a tu disposición de manera rápida, gracias a nuestros canales de atención.

Es importante mencionar que la titularidad, administración y gestión de la sede electrónica está dotada de las medidas jurídicas, organizativas y técnicas que garanticen calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad de la información y de los servicios.

 

Aquí puedes conocer la legislación de la Estrategia de Gobierno Digital para sedes electrónicas:

Ley 1437 del 18 de enero de 2011 

"Artículo 60. Sede electrónica. Toda autoridad deberá tener al menos una dirección electrónica.

La autoridad respectiva garantizará condiciones de calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad de la información de acuerdo con los estándares que defina el Gobierno Nacional."

 

Decreto 1413 de 25 de agosto de 2017 

"Artículo 2.2.17.7.1. Sedes electrónicas. La sede electrónica es una dirección electrónica que permite identificar la entidad y la información o servicios que provee en la web, a través de la cual se puede acceder de forma segura y realizar con todas las garantías legales, los procedimientos, servicios y trámites electrónicos que requieran autenticación de sus usuarios. La sede electrónica deberá garantizar la igualdad en el acceso a la administración pública y el respeto a los lineamientos de calidad, usabilidad, accesibilidad, neutralidad, interoperabilidad, confidencialidad, disponibilidad, estándares abiertos, seguridad y privacidad
en la información, servicios y trámites provistos de conformidad con los lineamientos del Manual de Gobierno en línea, el Marco de Referencia y Arquitectura TI.

 

Corresponde a cada entidad pública adoptar su respectiva sede electrónica mediante acto administrativo, el cual deberá contener, como mínimo, la siguiente información: dirección electrónica, identificación de la entidad o entidades encargadas de la gestión de la misma y de los procedimientos, servicios y trámites puestos en ella a disposición de los ciudadanos e identificación de los canales de acceso."